Si. A partir de la nueva moratoria otorgada por la Nación, pueden solicitar beneficio jubilatorio quienes  reciban otra prestación previsional, siempre y cuando no supere el monto de la jubilación mínima, hoy de $ 3.821,71.

Agregamos que pueden solicitarlo aquellas personas que posean pensión nacional o provincial.

A partir del 1ero de Julio de 2015 debería comenzar a emitir factura electrónica, en términos de la RG 3749/15. Esto no quita que haya estado obligado anteriormente, ya que muchas actividades económicas fueron siendo incluidas gradualmente.
De todas formas, antes las diversas dificultades de implementación por parte de los contribuyentes, la AFIP ha establecido que hasta el 1ero de octubre solo monitoreara el cumplimiento, sin sanción alguna de por medio.

Las percepciones por compras en el exterior (al igual que la percepción por compra de dolar ahorro), son pagos a cuentas del Imp. a las Ganancias o Imp. a los Bienes Personales.
De todas formas, si usted no esta sujeto a ninguno de los dos impuestos anteriores, PODRÁ SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN A LA AFIP de las percepciones que le han sido cobradas.
Vale aclarar que actualmente es un tramite que conlleva un lapso importante de tiempo, ya que la Administración Federal esta demorando en su obligación de devolver el dinero al contribuyente

Comuniques de manera inmediata a su abogado porque es necesario interponer una medida de amparo judicial.
Nadie se encuentra exento de esto, ya que ANSES interrumpe los haberes de manera unilateral, sin dan fundamentos de ello y sin notificación al beneficiario, vulnerando garantías constituciones el derecho alimentario que reviste el haber jubilatorio o de pensión y el derecho a defensa en juicio que le asiste a toda persona.

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