La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA), estableció las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727, con vigencia a partir del 1° de octubre de 2015 y del 1° de diciembre de 2015, para las categorías establecidas en la resolución 4/98 de la CNTA, en el ámbito de todo el país.
La resolución también fija el monto del tope indemnizatorio para el personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, con vigencia a partir del 1° de octubre de 2015 y del 1° de diciembre de 2015, hasta el 30 de septiembre de 2015.
REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACION CONTINUACOMPRENDIDO EN EL REGIMEN DE TRABAJO AGRARIO (LEY 26.727) EN EL AMBITO DE TODO EL PAIS
VIGENCIA: a partir del 1° de octubre de 2015 y hasta el 30 de noviembre de 2015.
DESDE EL 1º DE OCTUBRE DE 2014 | SIN COMIDAY SIN SAC | |
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SUELDO | JORNAL | |
PEONES GENERALES | $ 7.200,00 | $ 316,75 |
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO | $ 7.390,57 | $ 325,15 |
ESPECIALIZADOS: | ||
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos) | $ 7.406,10 | $ 325,82 |
Ovejeros | $ 7.467,23 | $ 329,56 |
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros | $ 7.682,74 | $ 338,03 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas | $ 7.733,00 | $ 340,21 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros | $ 7.970,03 | $ 350,35 |
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola | $ 8.019,03 | $ 353,35 |
Mecánicos Tractoristas | $ 8.434,04 | $ 371,02 |
PERSONAL JERARQUIZADO | ||
Puestero | $ 7.937,70 | |
Capataces | $ 8.756,06 | |
Encargados | $ 9.236,62 |
VIGENCIA: a partir del 1° de diciembre de 2015 y hasta el 30 de septiembre de 2016.
DESDE EL 1º DE DICIEMBRE DE 2014 | SINCOMIDA Y SIN SAC | |
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SUELDO | JORNAL | |
PEONES GENERALES | $ 7.680,00 | $ 337,87 |
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO | $ 7.883,28 | $ 346,83 |
ESPECIALIZADOS: | ||
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos) | $ 7.899,84 | $ 347,55 |
Ovejeros | $ 7.965,04 | $ 351,53 |
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros | $ 8.194,92 | $ 360,56 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas | $ 8.248,54 | $ 362,89 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros | $ 8.501,36 | $ 373,71 |
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola | $ 8.554,41 | $ 376,91 |
Mecánicos Tractoristas | $ 8.996,31 | $ 395,75 |
PERSONAL JERARQUIZADO | ||
Puestero | $ 8.466,88 | |
Capataces | $ 9.339,80 | |
Encargados | $ 9.852,39 |